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23 Julio 2012
PROCESO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Propuesta de la Coordinación de ONG y Cooperativas –CONGCOOP-
Julio 2012
REGIMEN AGRARIO
PROPONEMOS CREAR Y ELEVAR A RANGO CONSTITUCIONAL: “EL REGIMEN AGRARIO.” PARA ESE EFECTO PLANTEAMOS LA REFORMA POR ADICION DEL CAPITULO II DE LA CONSTITUCION DE LA REPÚBLICA REFERENTE A DERECHOS SOCIALES
JUSTIFICACION:
En Guatemala la población rural supera el cincuenta por ciento. Se estima que de dicha población rural, ochocientas mil familias se dedican a la agricultura, lo que equivale a cuatro millones de personas. Al menos dos millones de trabajadores –el 36% de la PEA- están vinculados a la producción agrícola. Este dato llega al 51% cuando se refiere a la juventud, la mitad de los jóvenes trabajan en la agricultura de subsistencia.
Además, no se puede obviar que el 70% de la producción de granos básicos se obtiene del campo nacional. Esta producción constituye el sustento básico de por lo menos diez millones de guatemaltecos. Producción deficitaria, provocada por el abandono del Estado, que redunda en pobreza, desnutrición, falta de empleo digno y bajo nivel de producción y productividad
En este contexto la tierra desempeña un papel central, que exige formas de utilización ambiental y socialmente sostenibles, obligación ineludible de la generación actual frente a las generaciones futuras. En tal sentido el uso, tenencia y explotación de la tierra debe ser equitativa y racional.
Actualmente, la ausencia de una legislación en materia agraria es la causa de conflictividad en el agro guatemalteco. Es evidente que la legislación Civil y Penal, materias que se ocupan en la actualidad de la conflictividad agraria, lejos de resolverla, han contribuido al surgimiento de brotes violentos recurrentes, que a su vez se han transformado en causa condicionante del grave déficit de gobernabilidad democrática, alejando la posibilidad de armonía social y económica entre los guatemaltecos.
Finalmente, reiteramos que el agro guatemalteco ha carecido de un marco legislativo ad hoc, que viabilice su desarrollo y regule las relaciones jurídicas vinculadas con la agricultura, agroindustria, ganadería. Y que la evolución social e histórica de la nación hace necesaria una legislación moderna y de rango constitucional, que modernice el régimen de tenencia, uso y disfrute de la tierra.
En consecuencia con lo anteriormente planteado, presentamos la siguiente propuesta de modificación a la Norma Fundamental:
DE LA PROPUESTA:
SECCION DECIMO PRIMERA
Régimen Agrario
Artículo 135. Principios del régimen agrario. El régimen agrario nacional se funda en principios de equidad, solidaridad, eficiencia y productividad inocua. Se instituye con el fin de impulsar el desarrollo agrario. Buscando garantizar la producción alimentaria nacional. Estará basado en el uso sostenible de la tierra y demás bienes naturales, garantizándose el acceso a los mismos de forma prioritaria a los productores nacionales.
Artículo 136. Los negocios jurídicos resultantes de las relaciones de producción en el agro se regirán por legislación específica. Para facilitar las relaciones y negocios jurídicos vinculados a la actividad agropecuaria y cuestiones conexas, incluyendo asuntos relativos al crédito, la propiedad y demás derechos reales, deberá emitirse una ley que regule esta materia en el ámbito sustantivo y procesal.
Artículo 137. Se crea la Jurisdicción Agraria. La Corte Suprema de Justicia deberá crear Juzgados y Tribunales Específicos para juzgar las cuestiones relativas a los negocios jurídicos del agro. El procedimiento en materia agraria será intermediado por el juez, oral, público, expedito, simple.
Para ver documento pdf presiones el siguiente enlace
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